Cálculo IRPF nómina 2023: ¿Cuánto te retienen?

Dentro de todos los componentes de tu nómina, hay un elemento muy importante al que debes prestarle mucha atención, estamos hablando del IRPF, es decir, de las retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Estas retenciones son un adelanto que hacemos a Hacienda sobre lo que nos corresponderá pagar en la declaración de la renta. Son una aproximación al pago final que debemos de hacer, pero hay que tener en cuenta que no siempre coinciden y hay que tener precaución. Si las retenciones del IRPF en la nómina son menos de lo que nos corresponde pagar en la renta, cuando tengamos que hacer la declaración nos saldrá a pagar. Sin embargo, cuando estas han sido más altas de lo que corresponde, Hacienda Pública nos tendrá que devolver.

¿Cómo se realiza el cálculo del IRPF en la nómina?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que grava los ingresos obtenidos por las personas en un determinado período de tiempo. Para calcular el IRPF en la nómina hay que seguir las reglas establecidas por la legislación fiscal de nuestro país. En concreto, se realiza siguiendo el procedimiento establecido por la Agencia Tributaria.

Es importante tener en cuenta que las normas fiscales pueden variar de un año a otro, así que lo recomendable es consultar la legislación fiscal actualizada y realizar el cálculo del IRPF en la nómina con la asesoría de un profesional o utilizando herramientas y programas informáticos para específicos este propósito. En Gestión Asesora estamos preparados para calcular el IRPF de tu nómina cuando lo necesites. Nuestra ayuda te evitará quebraderos de cabeza y posibles errores que puedas cometer en el cálculo.

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¿Qué es el IRPF?

qué es el irpf

El IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un impuesto que grava la obtención de rentas por parte de los particulares que residen en España en un ejercicio determinado. Se consideran rentas, a efectos de IRPF, tanto los rendimientos del trabajo como los que proceden de actividades económicas y del capital mobiliario e inmobiliario.

Las características principales del IRPF son:

*Es un impuesto directo, esto quiere decir que grava la obtención de una renta teniendo en cuenta la capacidad económica del contribuyente.

*Con carácter personal, porque se refiere a una persona determinada, a una persona física.

*Es periódico, puesto que cada año tienen que hacerlo aquellos que tengan la obligación de hacerlo (campaña de la declaración de la renta).

*Es un impuesto progresivo, es decir, a mayor capacidad económica, mayor porcentaje impositivo se aplica.

*Es subjetivo, porque tiene en cuenta las circunstancias personales y familiares del contribuyente.

¿Por qué es necesario realizar esta retención en la nómina?

Como las rentas más importantes que obtenemos los españoles son las que pertenecen al trabajo a través de la nómina, Hacienda ha establecido un sistema de retenciones mensuales que deben aplicar las empresas a sus trabajadores para satisfacer el pago del IRPF.

A la hora de hacer el cálculo del IRPF en la nómina, se tienen en cuenta varios aspectos como la cuantía del salario, si existen discapacidades, la situación familiar, o la duración del contrato, entre otros. Es importante saber que, ahora en 2023, los salarios hasta 15.000 € están exentos de IRPF, mientras que en 2022 el límite exento era de 14.000 €.

Las retenciones del IRPF también se aplican a los autónomos, pero solo en determinados casos. Los autónomos que están dados de alta en las secciones segunda y tercera del Impuesto de Actividades Económicas, es decir, los que realizan actividades profesionales y artísticas, si deberán aplicar esta retención. Será con carácter general del 15%, y se aplicará en las facturas de sus servicios a empresas, pero no cuando se facture a particulares. Para nuevos autónomos, en los tres primeros años de actividad, el porcentaje de retención baja al 7%.

¿Es necesario que las empresas retengan en la nómina del trabajador?

La empresa está obligada a hacerte la retención del IRPF en tu nómina conforme a los tramos establecidos. La retención en la nómina facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los trabajadores. Al retener una parte del salario para el pago del impuesto, la empresa asegura que se cumpla con las responsabilidades tributarias de cada empleado, evitando posibles problemas legales y sanciones. Esto les evita a los trabajadores la tarea de hacer los pagos trimestrales o anuales y les facilita el proceso de declaración de la renta.

¿Cómo calcular el IRPF de una nómina?

calcular IRPF en la nómina

Para calcular el IRPF en la nómina se tienen en cuenta varios factores:

*Sueldo bruto anual.

*Tipo de contrato.

*Lugar de residencia.

*Situación personal y familiar.

*Grado de discapacidad.

Hay que tener en cuenta que existen unos mínimos exentos. Según el Real Decreto 439/2007, no se practicará retención sobre los rendimientos del trabajo cuando dicha cuantía no supere el importe anual establecido. Estos mínimos exentos van en función del número de hijos y otros descendientes, y de la situación del contribuyente:

*Situación A: Soltero, viudo, divorciado o separado legalmente.

*Situación B: Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 15.000 euros anuales, excluidas las exentas.

*Situación C: Otras situaciones.

Situación   A:
*0 hijos       –
*1 hijos      17.270 €
*2 o más    18.617 €

Situación B:
*0 hijos    16.696 €
*1 hijos    17.894 €
*2 o más  19.241 €

Situación C:
*0 hijos    15.000 €
*1 hijos    15.599 €
*2 o más  16.272 €

Para calcular el IRPF en la nómina hay que seguir estos pasos:

1.Determinación de la base imponible: Se suman todos los ingresos obtenidos por el contribuyente en el año fiscal, incluyendo el salario bruto, las pagas extras, las retribuciones en especie y otros conceptos.

2.Deducciones: Se aplican las deducciones correspondientes según la situación personal y familiar del contribuyente, como por ejemplo, por hijos, discapacidad, vivienda, etc.

3.Obtención de la base liquidable: A la base imponible se le restan las deducciones correspondientes, obteniendo así la base liquidable sobre la cual se aplicará la escala de gravamen.

4.Aplicación de la escala de gravamen: En España, existen diferentes tramos de ingresos con diferentes tipos impositivos. Se aplican los tipos impositivos correspondientes a cada tramo a la base liquidable. El IRPF es un impuesto progresivo, que significa que se paga más conforme van aumentando los ingresos.

Rentas 2023 (Tipo aplicable retención)

*Hasta 12.450 euros                              19,0 %

*De 12.450 euros a 20.199 euros          24,0%

*De 20.200 euros a 35.199 euros          30,0%

*De 35.200 euros a 59.999 euros          37,0%

*De 60.000 euros a 299.999 euros        45,0%

*A partir de 300.000 euros                     47,0%

5.Cálculo de la cuota íntegra: Se obtiene la cuota íntegra multiplicando la base liquidable por el tipo impositivo correspondiente.

6.Deducción de retenciones: Se restan las retenciones obteniendo así la cuota líquida.

7.Regularización anual: Al finalizar el año fiscal, se realiza una regularización anual teniendo en cuenta las deducciones y las retenciones reales. Esto puede resultar en un pago adicional o una devolución por parte de la Agencia Tributaria.

¿Se puede bajar el IRPF de la nómina?

bajar irpf en la nómina

Sí, es posible reducir el IRPF en la nómina a través de diferentes mecanismos y estrategias legales que permiten disminuir la carga tributaria. Algunas formas de lograrlo incluyen:

*Deducciones fiscales: Se pueden aprovechar las deducciones fiscales establecidas por la legislación para reducir la base imponible del IRPF. Estas deducciones pueden estar relacionadas con gastos médicos, educación, vivienda, planes de pensiones, donaciones a ONG, entre otros conceptos.

*Retribución flexible: Optar por retribuciones flexibles, como los tickets restaurante, ayuda también.

*Planes de pensiones: Contribuir a un plan de pensiones puede reducir la base imponible del IRPF de la nómina. Las aportaciones realizadas al plan se descuentan de los ingresos sujetos a tributación, lo que disminuye la carga fiscal en la nómina. Es importante tener en cuenta los límites de aportación establecidos por la legislación fiscal.

*Deducción por vivienda habitual: Si se cumple con los requisitos establecidos, como tener una hipoteca para adquirir la vivienda y que esta sea la residencia habitual, es posible empeorar de una deducción en el IRPF por los pagos realizados en concepto de hipoteca. Esta deducción puede reducir el importe del impuesto en la nómina.

*Reducción por rendimientos del trabajo: En algunos casos, los contribuyentes pueden aplicar una reducción en los rendimientos del trabajo, lo que implica una disminución directa en la base imponible del IRPF. Esta reducción puede variar según la comunidad autónoma y la situación personal y familiar del contribuyente.

*Planes de ahorro a largo plazo: Los planes de ahorro a largo plazo, como los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) o los seguros de vida con cobertura de fallecimiento, pueden proporcionar beneficios fiscales al reducir la carga del IRPF. Estos productos permiten diferir la tributación de los rendimientos generados hasta el momento del rescate, lo que puede resultar en una menor carga impositiva en la nómina.

*Bonificaciones y ayudas específicas: dependiendo de la situación personal y familiar del contribuyente, pueden existir bonificaciones y ayudas específicas que permiten reducir el IRPF en la nómina. Estas bonificaciones pueden estar relacionadas con la situación de discapacidad, familias numerosas, personas mayores, etc. Es importante revisar la normativa vigente y los requisitos para acceder a estas bonificaciones y ayudas.

Es importante destacar que las estrategias para reducir el IRPF en la nómina deben ser implementadas dentro de los límites establecidos por la legislación fiscal y de acuerdo con las normas y reglamentaciones vigentes. Para obtener asesoramiento específico sobre cómo reducir el IRPF en tu nómina, es recomendable que consultes a Gestión Asesora

Novedades 2023 en el cálculo del IRPF de la nómina

novedades irpf 2023Las novedades para calcular el IRPF en la nómina son:

1. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo: Este año, se eleva la cuantía tanto de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo con efectos del 1 de enero como de los umbrales de renta, desde y hasta donde resulta aplicable. Los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 € (antes 16.825 €) siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 €, minorarán el rendimiento neto del trabajo en las siguientes cuantías:

*6.498 € (antes 5.565 €), si los rendimientos netos del trabajo son iguales o inferiores a 14.047,5 € (antes 13.115 €).

*6.498 € (antes 5.5656 €) menos el resultado de multiplicar por 1,14 (antes 1,5) la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,5 €, si los rendimientos netos del trabajo están comprendidos entre 14.047,5 y 19.747,5 €.

2. No obligación de declarar: Se eleva el umbral inferior de la obligación para no declarar respecto de los perceptores que tengan rendimientos del trabajo. En concreto, no están obligados a presentar la autoliquidación del Impuesto los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador (y en otros supuestos muy concretos, como antes) si la suma de dichos rendimientos no superan los 15.000 € (antes 14.000 €).

3. Retención de los rendimientos del trabajo: Las retenciones e ingresos a cuenta a practicar sobre los rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen durante el mes de enero de 2023, correspondientes a dicho mes, y a los que resulte de aplicación el procedimiento general de retención, se deberán realizarse con arreglo a la normativa vigente a 31 de diciembre de 2022.

En los rendimientos que se satisfagan o abonen a partir del 1 de febrero de 2023, siempre que no se trate de rendimientos correspondientes al mes de enero, el pagador deberá calcular el tipo de retención, tomando en consideración la normativa vigente a partir de 1 de enero de 2023, practicándose la regularización del mismo, en los primeros rendimientos del trabajo que satisfaga o abone.

4. Reducción por obtención de rendimientos en estimación directa simplificada: Se eleva la reducción aplicable a los trabajadores autónomos económicamente dependientes:

Cuando los rendimientos netos de actividades económicas sean inferiores a 19.747,5 € (antes 14.450 €), siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las de actividades económicas superiores a 6.500 €:

*6.498 € si los rendimientos netos de actividades económicas iguales o inferiores a 14.047,5 € (antes 11.250 €).
*6.498 € menos el resultado de multiplicar por 1,14 (antes 1,15625) la diferencia entre el rendimiento de actividades económicas y 14.047,5 € (antes 11.250 €), si los rendimientos netos de actividades económicas están comprendidos entre 14.047,5 € y 19.747,5 € (antes 11.250 € y 14.450 €, respectivamente).

5.Gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada: El porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación será del 7 por 100 (antes 5 por 100). Recordamos que la deducción no puede exceder de los 2.000 €, y este límite absoluto permanece inalterado.

6.Contribuyentes en estimación objetiva: Se eleva al 10 por 100 la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en el período impositivo 2023. Los contribuyentes podrán reducir el rendimiento neto de módulos obtenido en 2023 en un 10 por 100, en la forma que se establezca en la Orden por la que se aprueben los signos, índices o módulos para dicho ejercicio. Se prorrogan los límites excluyentes del método de estimación objetiva para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023. En concreto, las magnitudes de 150.000 y 75.000 € quedan fijadas en 250.000 y 125.000 €, respectivamente. Asimismo, para dichos ejercicios, la magnitud de 150.000 € queda fijada en 250.000 €.

7.Límites de reducción en la base imponible de las aportaciones a los planes de pensiones: El límite absoluto de aportación de 1.500 € se aumentará en 8.500 €, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a las cantidades siguientes en función del importe anual de la contribución empresarial:

*Igual o inferior a 500 euros anuales: La aportación será el resultado de multiplicar la contribución empresarial por 2,5.

*Entre 500,01 y 1.500 euros anuales:  1.250 euros, más el resultado de multiplicar por 0,25 la diferencia entre la contribución empresarial y 500 euros.

*Más de 1.500 euros anuales: El resultado de multiplicar la contribución empresarial por 1.

Por lo tanto, solo se modifica el cálculo de la aportación máxima del trabajador cuando la contribución de la empresa está entre 500,01 y 1.500 €. No obstante, en todo caso se aplicará el multiplicador 1 cuando el trabajador obtenga en el ejercicio rendimientos íntegros del trabajo superiores a 60.000 € procedentes de la empresa que realiza la contribución, a cuyo efecto la empresa deberá comunicar a la entidad gestora o aseguradora del instrumento de previsión social que no concurre esta circunstancia.

Se específica que el límite de 4.250 € establecido anteriormente para las aportaciones de autónomos a planes simplificados de empleo y para las aportaciones de planes de los que sea promotor el autónomo se aplica también a las aportaciones de planes de pensiones sectoriales. En consonancia con esta reducción se modifican los límites financieros de las aportaciones y contribuciones a los sistemas de previsión social.

8.Tipos de gravamen del ahorro: Se regulan nuevos tipos de gravamen, añadiendo dos tramos a la base liquidable entre 200.000 y 300.000 € con tipo del 27 por 100 (antes 26 por 100) y a partir de 300.000 €, que se aplica el tipo del 28 por 100 (antes 26 por 100).

Las personas de nacionalidad española que acrediten una nueva residencia en un país o territorio considerado como paraíso fiscal, mantienen su condición de contribuyentes del Impuesto durante 5 años. Estos contribuyentes, más los nacionales que tienen su residencia habitual en el extranjero a causa de su condición de miembros de misiones diplomáticas, oficinas consulares, etc., aplican esa misma tarifa del ahorro.

9.Deducción por maternidad: Con efectos desde 1 de enero de 2023 se introducen las siguientes novedades en la deducción por maternidad:

Esta deducción no solamente va a ser aplicable a aquellas mujeres con hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena, dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad, sino que se amplía también a aquellas que:

En el momento del nacimiento del menor perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo, o
Que en dicho momento o en cualquier momento posterior estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, con un período mínimo, en este último caso, de 30 días cotizados. El incremento de la deducción por gastos en guardería tendrá como límite el importe total del gasto efectivo no subvencionado satisfecho la guardería, cuando antes el límite eran las cotizaciones sociales pagadas.

10.Retenciones y pagos a cuenta: El porcentaje de imputación del 1,1 por 100 que se aplica a los inmuebles urbanos o rústicos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de explotación agrícola, ganaderas o forestales, no afectos a actividades económicas, ni alquilados, ni se trate de la vivienda habitual, resultará de aplicación en el caso de inmuebles localizados en municipios en los que los valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad con la normativa catastral, siempre que hubieran entrado en vigor a partir de 1 de enero de 2012 (antes era cuando hubieran sido revisados y entrado en vigor en los diez periodos impositivos anteriores).

11.Reducción de los porcentajes de retención sobre rendimientos procedentes de la propiedad intelectual: Con efectos desde 1 de enero de 2023 y vigencia indefinida, los porcentajes de retención de estos rendimientos quedan establecidos en los siguientes porcentajes:

11.1 Rendimientos del trabajo derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas en las que se cede el derecho a su explotación: Se reduce del 15% al 7% el porcentaje de retención.

Requisitos:

*Que el volumen de tales rendimientos íntegros correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000 euros, y represente más del 75 por ciento de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.

*Necesidad de comunicar al pagador la concurrencia de estas circunstancias.

11.2 Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, cualquiera que sea su calificación: Se reduce del 19% al 15% el porcentaje de retención.

Herramientas para calcular retenciones en la nómina

calculadora IRPF haciendaLa Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes un simulado, es una calculadora que permite a todos los contribuyentes hacer una estimación de su nómina con el nuevo IRPF. El cálculo del IRPF en la nómina se debe aplicar sobre el sueldo bruto, y dependerá del salario, de la situación familiar del trabajador, de si existen discapacidades, del tipo de contrato y su duración, entre algunos factores. Podrás conocer el porcentaje de retención en tus nóminas tras rellenar unos pocos apartados.

Conclusiones sobre el procedimiento a seguir para calcular el IRPF en la nómina

tipo impositivo irpf nómina

Dentro de todos los componentes de tu nómina, hay un elemento muy importante al que debes prestarle mucha atención, estamos hablando del IRPF, es decir, de las retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Estas retenciones son un adelanto que hacemos a Hacienda sobre lo que nos corresponderá pagar en la declaración de la renta. Para calcular el IRPF en la nómina hay que seguir el procedimiento marcado por la Agencia Tributaria. Las empresas están obligadas a retener el IRPF en tu nómina conforme a los tramos establecidos. La retención en la nómina facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los trabajadores.

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