IVA Franquiciado 2025: ¿A qué autónomos afectará?

¿Es verdad que en 2025 se implementará un nuevo régimen especial de franquicia en el IVA, eximiendo a los autónomos que facturen menos de 85.000 €? Hacienda ha aclarado que es falso que el IVA franquiciado para los autónomos vaya a entrar en vigor en enero de 2025 y por consiguiente no van a quedar exentos de pagar el IVA.

La confusión surge de la Directiva (UE) 2020/285, que exige a los países miembros de la Unión Europea adoptar este régimen. España es el único país que aún no ha puesto en marcha esta medida. Cuando esta directiva se implemente, los autónomos con ingresos inferiores a 85.000 euros anuales estarán exentos de liquidar el IVA. No obstante, todavía falta tiempo para que esta normativa sea una realidad.

Hacienda está colaborando con asociaciones de autónomos en la adaptación de esta normativa europea, pero han confirmado que la reforma fiscal necesaria no estará lista para entrar en vigor en enero de 2025.

Como sois muchos los autónomos que estáis pendientes de la entrada en vigor del IVA franquiciado en España, en este post te explicamos cómo funcionará y qué autónomos podrán acogerse a él.

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¿Qué es el IVA franquiciado?

iva franquiciado

El IVA franquiciado es un régimen especial de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que está diseñado para simplificar las obligaciones fiscales de los autónomos y pequeñas empresas.

Directiva 2020/285

La Unión Europea exige que la Directiva 2020/285 sea adoptada por los Estados miembros antes de enero de 2025, lo que implica su aplicación en España para los autónomos que opten voluntariamente por el régimen del IVA franquiciado.

Este régimen establece un límite de facturación anual de 85.000 euros. Si un autónomo no supera esta cifra, quedaría exento de realizar tanto la liquidación trimestral (Modelo 303) como la declaración anual del IVA (Modelo 390). Además, tampoco sería necesario emitir facturas con IVA.

De este modo, la normativa europea permitiría a los autónomos con ingresos inferiores a 85.000 euros elegir entre el régimen general del IVA o acogerse al régimen especial de franquicia.

Asimismo, la directiva otorga a los Estados la facultad de ajustar el límite de 85.000 euros hacia abajo o modificarlo según sectores de actividad. También les permite retirar la franquicia a un autónomo en casos como:

  • Superar el límite establecido de facturación.
  • Comunicar la intención de abandonar el régimen de franquicia.
  • Cesar su actividad profesional.

Aunque este sistema ya se ha implementado en otros países de la Unión Europea, en España todavía no y está aún pendiente de aprobación para convertirse en una realidad.

¿Quiénes podrían acogerse al nuevo sistema de IVA franquiciado?

Una vez entre en vigor el nuevo sistema de IVA franquiciado en España, podrían acogerse a él los autónomos y pequeñas empresas con un volumen de facturación inferior a 85.000 euros.

¿Cuándo entra en vigor el IVA franquiciado en España?

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El IVA franquiciado en España todavía no entrará en vigor en enero de 2025, actualmente se están negociando las condiciones entre Hacienda y las asociaciones y sindicatos de autónomos. Sin embargo, parece que el Gobierno no está priorizando esta medida en su agenda.

Según la Directiva (UE) 2020/285, los Estados miembros tienen hasta 2025 para implantar el nuevo régimen de IVA fraccionado, por lo que esta sería la fecha límite para completar la transición en nuestro país.

Habrá que ver qué pasos se toman en los próximos meses, pero mientras tanto, desde Hacienda hacen hincapié en que los autónomos no estarán exentos de pagar el IVA en 2025, incluso si facturan menos de 85.000 euros al año.

Ventajas del IVA franquiciado para los autónomos

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  • Exención de la liquidación del IVA: Los autónomos acogidos al régimen de franquicia no tendrán que realizar ni las declaraciones trimestrales ni la liquidación anual del IVA, lo que simplifica significativamente las obligaciones fiscales.
  • Reducción de carga administrativa: Al no ser necesario presentar declaraciones de IVA, los autónomos podrán ahorrar tiempo y recursos en la gestión contable y administrativa de su actividad.
  • Mayor competitividad en precios: Al no tener que repercutir el IVA en sus facturas, los autónomos pueden ofrecer precios más atractivos, especialmente frente a clientes que no pueden deducirse el impuesto.
  • Flexibilidad para optar por el régimen: Los autónomos con ingresos inferiores al umbral establecido (85.000 euros anuales, según la Directiva 2020/285) pueden elegir entre el régimen general del IVA o el régimen franquiciado, según lo que mejor se adapte a sus necesidades.
  • Simplificación en la emisión de facturas: No será necesario desglosar el IVA en las facturas, lo que simplifica la elaboración de estos documentos.
  • Ahorro económico en servicios de asesoría fiscal: Dado que las obligaciones relacionadas con el IVA desaparecen, los autónomos pueden reducir el coste de contratar servicios externos para gestionar este impuesto.
  • Adaptabilidad según la actividad o ingresos: Los Estados pueden ajustar el límite de ingresos o aplicarlo por sectores, lo que permite que el régimen sea más específico y beneficioso para ciertos tipos de autónomos.

Implicaciones del nuevo régimen especial

Bajo este nuevo régimen de IVA fraccionado, si un autónomo o una pequeña empresa factura menos de 85.000 euros al año no tendría la obligación de:

  • Presentar declaraciones trimestrales de IVA.
  • Además, no necesitaría incluir el IVA en sus facturas.

Ahora bien, los autónomos podrían elegir entre seguir bajo el régimen general del IVA o acogerse al nuevo régimen especial de franquicia de IVA. Si un autónomo eligiese la franquicia de IVA no podría aumentar su volumen de negocio en más del 10%. Si lo superara, ya no podría beneficiarse de este régimen.

Sin embargo, la UE podría permitir a los Estados miembros establecer un límite máximo del 25% para el crecimiento en el volumen de negocios antes de perder la franquicia. Además, los Estados miembros podrían tener la capacidad de modificar el límite de facturación de 85.000 euros hacia abajo o ajustarlo según sectores de actividad específicos.

Conclusiones

La Unión Europea exige que la Directiva 2020/285 sea adoptada por los Estados miembros antes de enero de 2025, lo que implica su aplicación en España para los autónomos que opten voluntariamente por el régimen del IVA franquiciado. Este régimen establece un límite de facturación anual de 85.000 euros. Si un autónomo no supera esta cifra, quedaría exento de realizar tanto la liquidación trimestral (Modelo 303) como la declaración anual del IVA (Modelo 390). Además, tampoco sería necesario emitir facturas con IVA.Hacienda está colaborando con asociaciones de autónomos en la adaptación de esta normativa europea, pero han confirmado que la reforma fiscal necesaria no estará lista para entrar en vigor en enero de 2025.

 

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